16 enero 2009

Desaparecen las subvenciones de 6000 € al alquiler para propietarios

Increíble, si teníamos poco con la que está cayendo, ahora y sin previo aviso, nos quitan el estímulo al alquiler para propietarios de viviendas. Sí así es, a esto se le llama empezar el año con buen pié.
Cual ha sido mi sorpresa al conversar con una amiga cuando ésta me ha comentado que se ha quedado sin poder pedir la subvención de 6000 euros para alquilar su vivienda, argumentandole que se le había cumplido el plazo.

No me lo podía creer, puesto que no había leído nada al respecto y no había ningún límite de plazo que yo supiera, ojeo las distintas páginas webs oficiales, pero la información sigue colgada (como comprobaréis en las imágenes superiores), así que me acerqué a una Agencia de Fomento de Alquiler homologada por la Junta de Andalucía y efectivamente, allí me informaron (como pudieron puesto que ellos también estaban bastante desinformados) , "simplemente recibimos una llamada diciendo que no admitiéramos más solicitudes de ayudas a propietarios" me dice la empleada de la agencia. ¿En base a qué? le pregunto yo, y ésta me dice que en base al
REAL DECRETO 2066/2008, de 12 de diciembre,por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 publicado el pasado 24 de Diciembre, con lo que para Enero de 2009 está plenamente en vigor, esta plan deroga al anterior Plan Estatal de Vivienda 2005-2008 por el que se regulaban estas ayudas.
Pues me parece fatal que siendo así, a día 16 de Enero de 2009 (casi un més despues de publicar el Real Decreto), no hayan acualizado las páginas incorporando esta importante información.

Desconozco cómo se está aplicando en el resto de autonomías, por lo menos en Andalucía así está la cosa. Lo poquito que había para estimular el mercado del alquiler, pues van y lo quitan.

Supongo que sus razones tendrá la Señora Ministra Corredor, pero considero que el momento no es el más apropiado.

Seguiremos y estudiaremos este Real Decreto y las sorpresas que se nos presenten este 2009.

08 enero 2009

Comienza 2009, ¿el año de la Recesión?


Después de unas cortas vacaciones navideñas, me incorporo a este nuevo año y a mi blog estrenando agenda.
Una Agenda que voy a intentar llenar de información para nuevos post interesantes, informativos, que os ayuden y aclaren conceptos.

Este nuevo año 2009 mi intención es dedicar más post a opinar sobre lo que leo o me inquieta en materia de vivienda,y que creo podrá interesaros, o al menos os servirá de resumen informativo.
No hay para mí una satisfacción mayor que aportar mi humilde granito de arena cada vez que me llega un comentario solicitando ayuda con alguna pregunta que os inquieta sobre vivienda.
Después de un año 2008, formándome e informándome sobre este tema, leyendo y recopilando información relevante , espero por fin, presentaros muy pronto un nuevo sitio web, que creo necesario y que complementa a este blog, donde podréis expresar vuestra opinión y encontrar soluciones reales al problema de la vivienda ,o al menos intentarlo.

31 diciembre 2008

Feliz Año 2009


Finaliza 2.008, un año que no se nos va a olvidar tan fácilmente.
Hace un año en este blog os animaba a disfrutar de "2008 el año de la vivienda jóven", esperábamos un enfriamiento del sector de la vivienda unido a un aterrizaje suave y por tanto una oportunidad para aquellos que se habían visto desfavorecidos durante el boom .

Pero lo que nó esperábamos era la grave crisis financiera internacional y todo lo que ha provocado,que unido a nuestra propia crisis económica, nos deja un panorama desolador para el próximo año.

Os doy las gracias a todos por los comentarios realizados a mis post, comentarios que en su mayoría, eran preguntas con vuestras inquietudes sobre este tema tan complicado que es la vivienda, y que he intentado contestar de la mejor manera. Ha sido una experiencia gratificante saber que al menos he aportado mi granito de arena.

Este año 2008, ha servido para conseguir experiencia como bloggera, formarme e informarme cada día para poder realizar un sueño que espero en el próximo año se haga realidad, un novedoso portal www.viviendasparajovenes.com, que espero poder colgar en beta para el próximo més de febrero.

Desde este blog os deseo un Feliz Fin de Año y el mejor comienzo para el difícil 2009 que nos espera.

18 noviembre 2008

Informe Vivienda 2008

Según el informe publicado recientemente por el ICE titulado LA SITUACIÓN DEL MERCADO DE VIVIENDA EN ESPAÑA y realizado por Julio Rodríguez López, Doctor en Ciencias Económicas, Ex Presidente del Banco Hipotecario de España y de Caja Granada.

Encontramos un interesante gráfico que nos muestra el esfurezo bruto necesario del hogar medio para el acceso a la primera vivienda



El esfuerzo de acceso a la vivienda para el hogar medio ha pasado desde el 31,3 % de los ingresos hasta el 52,3% en 2007, muy por encima del 33,3 % tope a no superar en cuanto a la financiación crediticia de la compra de vivienda.

En 1997 el precio de venta de una vivienda de 90 m2 construidos equivalía a 4,3 salarios medios anuales, pasando a ser de 9,2 veces en 2007.

Estos datos ,unidos al resto de indicadores actuales, dejan una situacón muy difícil para los hogares endeudados, que unida a la grave crisis económico-financiera que nos afecta, plantea un panorama desolador para los próximos meses.

11 noviembre 2008

Crisis Ninja, segunda entrevista a Leopoldo Abadia por Buenafuente

En esta segunda entrevista a Leopoldo Abadía "Crisis Ninja" por Buenafuente, el pasado 6 de Noviembre, tratan las medidas anti-crisis del gobierno, siempre en tono de humor que nos tiene acostumbrados Buenafuente.

Primera parte:






Segunda parte:




20 octubre 2008

La mejor explicación de la Crisis 2008

Seguramente la mayoría de vosotros habréis oído hablar a estas alturas de Leopoldo Abadía, o más bien de la Crisis Ninja, pero para los que todavía no habéis tenido la oportunidad, me veo en la obligación de aportar mi granito de arena y difundirlo a través de este blog, porque existe un antes y un después de atender a esta explicadión, para saber realmente hasta dónde puede llegar el efecto dominó creado en la crisis financiera y los efectos de la globalización.

Por suerte, el pasado 8 de Octubre D.Leopoldo Abadía fue entrevistado por Buenafuente en una entrevista que resume de una manera clara y divertida lo grave de la situación actual, DISFRUTARLA:


08 octubre 2008

Situación Económica Actual y Vivienda

Una vez analizada la línea temporal de ciclos inmobiliarios, sabemos que comienza un nuevo ciclo bajista, pero ésto no es suficiente, debemos observar qué sucede a nuestro alrrededor y analizarlo, ésto nos irá dando unos indicadores de alerta que deberían condicionar nuestra conducta ante futuros movimientos. Un mal paso ahora, puede tener consecuencias catastróficas en los próximos meses. No olvidemos que vivimos en un mundo globalizado y todo, tarde o temprano, nos afecta.

Por un lado tenemos la grave Crisis Financiera Internacional y paralelamente tenemos nuestra propia Crisis Económica, afectando doblemente al sector de la construcción para finalmente derivar a las economías familiares.

Es evidente que la dificultad de acceso al crédito imposibilita la adquisición de viviendas, aunque sigue habiendo una demanda latente de ésta, por lo que deja paso a nuevas fórmulas que deberán solucionar el problema de habitabilidad. Nuestra objetivo será ir encontrándolas y mostrároslas en este blog.

17 septiembre 2008

Breve Resumen histórico sobre los Ciclos Inmobiliarios en España


En primer lugar y para poder empezar a entender la situación que vivimos actualmente en relación al Mercado de la Vivienda, necesitamos tener una visión global, que nos ayude a situarnos en una línea temporal de la historia del Mercado Inmobiliario en España de las últimas décadas.
Gráfico Basado en los artículos del economista y estadístico Julio Rodríguez López: La vivienda en España "Los ciclos largos y la estadísticas" y El Mercado de la Vivienda en España, previsiones 2007-2009.

De estos datos deducimos que los ciclos han sido:
Lo que nos indica algo que ya sabemos, se ha acabado una etapa expansiva en 2007 y empieza otra nueva de declive (2008). No sabemos cuanto va a durar, pero lo que sí podemos deducir después de ver la línea temporal de crisis de España, es que no va a ser un período corto (esperemos que no más de cuatro años como la del 91).

Para la mayoría de vosotros, pertenecientes a la generación Y, ésta va a ser la primera crisis que viváis en edad laboral, y sin duda tendréis mucho que ver durante el desarrollo y recuperación de este periodo.

10 septiembre 2008

Temblor en el Mercado Inmobiliario

Después de un período de inactividad en este blog, comenzamos el curso con muchas ganas e ilusión. Durante esta ausencia, debida al desarrollo de nuestra propia página web, se han producido importantes cambios en el sector económico-financiero nacional e internacional que afectan muy directamente al mercado de la vivienda.

Esta situación que estamos viviendo, marcará un antes y un después al año 2008 en el mercado inmobiliario. Los años de bonanza vividos en la última década estaban basados en un modelo de Mercado Inmobiliario que ha quedado totalmente destruido tras este terremoto que vivimos y cuyo epicentro va quedando cada vez más claro.

Una vez pasado el terremoto, seguiremos teniendo réplicas pero podremos ir sentando nuevas bases que permitan reconstruir el Mercado Inmobiliario en el que quedarán definidos nuevos parámetros a la hora de la búsqueda de vivienda.

Por tanto llegamos una conclusión: hay que adaptarse a las nuevas circunstancias y buscar soluciones a una necesidad que sigue inalterable en el tiempo: la Necesidad de Vivienda.

31 marzo 2008

Certificado de Haberes: Ejemplo

CERTIFICADO DE HABERES

D./Doña:
como respnsable de Recursos Humanos de la empresa:

CERTIFICA

Primero:

Que D./Doña.
con nº de DNI/ NIE
Presta sus servicios en esta empresa desde --/--/200-
y previsiblemente seguirá haciéndolo durante, al menos, los próximos 6 meses a contar desde la fecha de hoy: Si / No


Segundo:

Que previsiblemente :
Sus ingresos brutos durante el año en curso ascenderán a un total aproximado de €
(en letra)



Y para que conste, y a petición del interesado, se expide, firma y sella el presente certificado


En a de de 2.00_




Nota: Este certificado se expide a los únicos efectos de poder acreditar la fuente regular de ingresos del solicitante y su cuantía de conformidad con lo exigido por el Real Decreto 1472/2007 de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes.

¿Que pasa en Madrid con la solicitud de la Renta Básica de Emancipación?

19 ventanillas, 180 funcionarios y 21 puestos de grabación unido a la atención telefónica. Han registrado un total de 28.350 solicitudes de Renta Básica de la Emancipación en papel en la Comunidad Autónoma de Madrid
De éstas, el resultado obtenido de las solicitudes gravadas en el sistema informático a finales de Marzo de 2008, han sido:
  • 42 Solicitudes resueltas afirmativas (corresponden a autónomos)
  • 440 Denegadas, por falta de algún requisito
  • 7.300 A la espera de presentar documentación adicional.

Esa documentación adicional se refiere al Certificado de Haberes de Ingresos que la Consejería ha solicitado por carta certificada a los solicitantes que trabajan por cuenta ajena.


¿Por qué este requisito?

Se basan en el artículo 2 del REAL DECRETO 1472/2007, de 2 de Noviembre, por el que se regula la RBE de los jóvenes, y que exige conocer el nivel de ingresos del solicitante, por lo que se convierte en requisito indispensable para aprobar o no la ayuda.

Art. 2 c) Disponer de una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros. A estos efectos se entenderán que tienen una fuente regular de ingresos los trabajadores por cuenta ajena , siempre que puedan acreditar una vida laboral de al menos seis meses de antigüedad, inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos seis meses contados desde el día de la solicitud.

Art. 5 1º Si el solicitante trabaja por cuenta ajena,...,la acreditación se realizará mediante la presentación del certificado de haberes del año en curso o de la resolución administrativa correspondiente.

¿Por qué ahora?

Según el convenio firmado entre la Comunidad de Madrid y el Ministerio, éste tiene 15 días hábiles para conseguir todos los datos necesarios para realizar la tramitación. Luego el Gobierno regional tiene un mes y medio para expedir y comunicar la respuesta tanto al Gobierno central como al solicitante.
Clausula Segunda. Acciones a cargo del Ministerio de Vivienda.
5. Gestiones sobre intercambio de información: El Ministerio de Vivienda realizará las gestiones necesarias para garantizar que la información de las distintas entidades estatales suministradoras de la
información necesaria para la tramitación de las ayudas se remita al órgano competente de la Comunidad Autónoma en el plazo máximo de 15 días hábilies desde la recepción de su solicitud
.
Como la Comunidad de Madrid alega no poder obtener dicha información del Ministerio de Vivienda, pasa a pedirla directamente a los solicitantes y le aplica el plazo establecido.
El resto de Comunidades Autónomas, en su mayoría, han pedido el certificado desde un primer momento.

¿Por qué no le ha comunicado el Ministerio esos datos a la CAM?
El famoso certificado de haberes de Ingresos, puede ser el documento que entregan las empresas a sus trabajadores en el que aparecen los ingresos netos y brutos que ha percibido del ejercicio anterior (2007) con las retenciones de IRPF y de la Seguridad Social, suele entregarse en los meses de Abril o Mayo (para la declaración de la renta). Pero tanto las empresas como hacienda pueden disponer de ellos a partir del 31 de Enero que es cuando se presenta el modelo 190 ante la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria dispone a partir de ese momento del último ejercicio 2007 pero según el Art. 5 aptdo 1º del Real Decreto 1472/2007 de 2 de Noviembre pide CERTIFICADO DE HABERES DEL AÑO EN CURSO (se entiende que es el año 2.008) por eso hay que solicitarlo a la empresa donde trabajas.

La Consejería de Vivienda de la Comunidad de Madrid ha colgado en su página web Madrid.org un Modelo de Certificado de Haberes a modo de ejemplo. Quedando a criterio de la empresa y del interesado el contenido específico.

11 febrero 2008

Certificado de Haberes de Ingresos

Parece ser que hay ciertas dudas o lagunas de información acerca de la documentación solicitada para acreditar los ingresos a la hora de solicitar la R.B.E.

Cuando rellenes la solicitud de la RBE , deberás aportar una documentación concreta en función de si has trabajado los últimos seis meses o nó.

Además Independientemente de cada caso hay que indicar la estimación de ingresos brutos anuales de 2008.


1.- Quienes hayan trabajado los últimos seis meses deberán aportar:

Si eres trabajador por cuenta ajena: (1)Certificado de haberes de la empresa que acredite tus ingresos de los seis últimos meses o las correspondientes nóminas .Tienes que presentar el original y fotocopia.
Si eres becario de investigación, si percibes una prestación por desempleo, por incapacidad o por invalidez, o cualquier otra prestación social pública con carácter periódico: Resolución administrativa o certificado que justifique los ingresos de los últimos seis meses. Tienes que presentar el original de la resolución y una fotocopia.
Si desarrollas una actividad empresarial, profesional o artística: Declaración del Impuesto sobre la Renta de de las Personas Físicas del último período vencido (2006). Si no has realizado esa declaración deberás presentar los pagos fraccionados trimestrales a cuenta del IRPF de los últimos seis meses (impreso FR-2) .Tienes que presentar el original y una fotocopia.

2.- Para quienes no hayan trabajado en los últimos seis meses:

Si eres trabajador por cuenta ajena: certificado de la empresa o entidad que te ha contratado, en el que conste la duración de la relación laboral y los ingresos que vas a percibir en el año en curso o contrato de trabajo en vigor. (original y fotocopia de la documentación.)

Si eres becario de investigación, si percibes una prestación por desempleo, por incapacidad o por invalidez, o cualquier otra prestación social pública con carácter periódico: Resolución administrativa o certificado que acredite los ingresos a percibir en el año en curso. Tienes que presentar el original y fotocopia.

Si desarrollas una actividad empresarial, profesional o artística: Deberás presentar tu alta en Seguridad Social como autónomo.


(1)CERTIFICADO DE HABERES DE INGRESOS:
En el Certificado de Haberes se deberá consignar profesión, categoría profesional, cargo que se ostenta, antigüedad, tipo de relación laboral que existe (contratación indefinida, eventual, funcionario, etc), la perspectiva de continuidad en el trabajo y los ingresos brutos anuales, en este caso de los seis últimos meses .
1.- En el caso de Trabajador por cuenta ajena: El Certificado de Haberes deberá ser expedido por la Empresa para la que presten sus servicios el solicitante siguiendo las instrucciones detalladas en el párrafo anterior.

2.- En el caso de ser Trabajador por cuenta propia: Es decir que el solicitante posean su propio negocio, el certificado de haberes deberá ser expedido por un contable, gestor o asesor fiscal o abogado siguiendo las instrucciones detalladas en el primer párrafo.

03 enero 2008

Listado de Comunidades Autónomas con acceso directo a Formularios de Renta Básica Emancipación


¿La solicitud de estas ayudas deberá dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla y tramitarse de acuerdo con el procedimiento que se establezca en cada una de ellas.

Enlaces directos a páginas Comunidades Autónomas (Hemos coloreado de verde las comunidades que tienen el enlace directo a la sección de Renta de Emancipación)

ENLACE RENTA EMANCIPACION ANDALUCIA
ENLACE RENTA EMANCIPACION ARAGON
ENLACE RENTA EMANCIPACION ASTURIAS
ENLACE RENTA EMANCIPACION ISLAS BALEARES
ENLACE RENTA EMANC IPACION ISLAS CANARIAS
ENLACE RENTA EMANCIPACION CANTABRIA
ENLACE RENTA EMANCIPACION CASTILLA Y LEON
ENLACE RENTA EMANCIPACION CASTILLA - LA MANCHA
ENLACE RENTA EMANCIPACION CATALUÑA
ENLACE RENTA EMANCIPACION EXTREMADURA
ENLACE RENTA EMANCIPACION GALICIA
ENLACE RENTA EMANCIPACION LA RIOJA
ENLACE RENTA EMANCIPACION MADRID
ENLACE RENTA EMANCIPACION MURCIA
ENLACE RENTA EMANCIPACION NAVARRA
ENLACE RENTA EMANCIPACION PAIS VASCO
ENLACE RENTA EMANCIPACION COMUNIDAD VALENCIANA
ENLACE RENTA EMANCIPACION CEUTA
ENLACE RENTA EMANCIPACION MELILLA

El Gobierno y las Comunidades Autónomas de Navarra y del País Vasco están trabajando en los términos de aplicación de la renta de Emancipación en su territorio dado el régimen especial de competencias de estas dos regiones



02 enero 2008

Documentación necesária para solicitar la Ayuda al Alquiler (RBE)

  1. Copia D.N.I / N.I.E
  2. Copia del Contrato de Arrendamiento si ya estás de alquiler, sí no lo estás, puedes presentarlo en el plazo de tres meses a contar desde el reconocimiento del derecho a parcibir la Renta básica de emancipación.
  3. Nº de referencia Catastral que identifica a la vivienda. Debes de encontrarlo en el contrato de alquiler, se lo puedes pedir al propietario o buscarlo en la Dirección General del Catastro. Hay casos que piden el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles de la vivienda arrendada
  4. El número de cuenta del Arrendador: Es la cuenta a la que debes realizar las transferencias del pago de la mensualidad del alquiler.
  5. El número de cuenta desde la que pagas el alquiler. Debe de ser una cuenta abierta en alguna de las entidades colaboradoras con el ministerio de la vivienda.
  6. Nº de Seguridad Social , y documentación que demuestre mínimo 6 meses antiguedad o previsión de trabajar( ej: vida laboral,...etc) . Puedes obtenerla a través de Línea telefónica 901 50 20 50 - 24 horas y 365 días al año o en La Oficina Virtual de la Seguridad Social
  7. Acreditación de Fuente Regular de Ingresos:
    Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas
    Certificado de haberes de ingresos en los 12 meses inmediatamente anteriores (trabajadores por cuenta ajena)
    ó Resolución Administrativa correspondiente ( becarios,...etc).
  • Puedes obtenerlo en :
  1. Solicitud y emisión de Certificaciones Tributarias
  2. Notificaciones telemáticas Certificaciones Tributarias

No olvides, que cada Comunidad autónoma puede pedir algún requisito extra como certificado de empadronamiento desde un período de tiempo, etc. pincha AQUI para acceder directamente a las URL de cada Comunidad Autónoma donde explican todos los pasos y documentación necesária para solicitar la Renta Básica de Emancipación (RBE)

Entidades Financieras colaboradoras para la Renta Básica de Emancipación

Hoy día 2 de Enero de 2008 se han colapsado las páginas web del Ministerio de Vivienda y la específica alquilerjoven.es, incluso ocurre con el teléfono gratuito destinado a tal efecto 900900707.
Todo el mundo quiere obtener la información en el mismo instante.

Debido a esto nuestro post PASOS A SEGUIR PARA PEDIR LAS AYUDAS DE 210 EUROS AL ALQUILER por el que os damos la información necesaria, queda incompleto, ya que en varios apartados os remitíamos a los enlaces directos de esas páginas.
Por tal motivo vamos a ir incorporando en diversos post la información fraccionada, de manera que, si vuelve a pasar no quede tanta gente colgada.
Debes saber que las Entidades Financieras colaboradoras se comprometen a suministrar información semanal de todas las resoluciones que se presenten al Ministerio. Además, tienen que ofrecer información dos veces al mes de las transferencias bancarias efectuadas y devueltas, correspondientes al pago de las cuotas de alquiler por parte de los beneficiarios, así como de los avales formalizados.

Las Entidades Financieras Colaboradoras son:
BBVA
LA CAIXA
IBERCAJA
CAJAMADRID
C.A. MEDITERRÁNEO
SANTANDER C. HISPANO
BANCAJA
C.A. DE CATALUÑA
C. A. INMACULADA DE ARAGÓN
BANESTO
C.A. DE GALICIA
UNICAJA
C. RURAL DEL MEDITERRANEO (RURALCAJA)
C.A. MUNICIPAL DE BURGOS
CAJA ESPAÑA
BANCO GUIPUZCOANO
BANCO POPULAR
CAJA MUNICIPAL DE BURGOS
CAJA GENERAL AH. GRANADA
CAIXA DE MANLLEU
CAIXA BALEARES (SA NOSTRA)
CAJA INSULAR DE CANARIAS
CAJASOL
CAIXA DE TARRAGONA
CAIXA TARRASA
CAIXA DEL PENDÉS
IBERCAJA
CAJA INMACULADA DE ARAGÓN
CAJA AH. DE GALICIA
CAJA ESPAÑA INVERSIONES
C.A. GUIPUZCOA S. SEBASTIAN (KUTXA)
CAJA CASTILLA LA MANCHA
C.A. Y MONTE DE PIEDAD DE CÓRDOBA (CAJASUR)
CAIXA D'ESTALVIS DE MANRESA (CAIXAMANRESA)
CAJA DE AHORROS DE SANTANDER Y CANTABRIA (CAJA CANTABRIA)
C.A. DE ASTURIAS (CAJASTUR)
COLONYA CAIXA D'ESTALVIS DE POLLENÇA
CAIXA D'ESTALVIS DE GIRONA (CAIXA GIRONA)
BANCO ETCHEVERRIA, S.A.
C.A. DE VITORIA Y ÁLAVA (CAJA VITAL KUTXA)
BANCO DE SABADELL S.A.
ING DIRECT, N.V., SUCURSAL EN ESPAÑA
CAIXA RURAL BENICARLÓ
BANCO URQUIJO SABADELL BANCA PRIVADA
BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL, SOCIEDAD ANÓNIMA
CAJA RURAL DE SORIA
CAIXA RURAL TORRENT C.C.V.
CAIXA RURAL D'ALGEMESI S.COOP.V. DE CREDIT
CAJA RURAL DE ALMENDRALEJO, SOCIEDAD COOP. DE CRÉDITO
CAJA RURAL DE CANARIAS
CAJA RURAL DE ARAGÓN S.C.C. (CAJALON)
CAJA RURAL DE TERUEL, SOCIEDAD COOP. DE CRÉDITO
CAJA RURAL DE VILLAR, COOP. DE CRÉDITO V.
CAJA RURAL DE TOLEDO, SOCIEDAD COOP. DE CRÉDITO
CAIXA RURAL GALEGA SOCIEDAD COOP. DE CRÉDITO
CAJA RURAL DE CÓRDOBA, SOCIEDAD COOP. DE CRÉDITO
CAJA CAMPO, CAJA RURAL, S. COOP. DE CRÉDITO
CAJA RURAL CASTELLÓN-S. ISIDRO, S. COOP. DE CRÉDITO
CAJA RURAL DE GRANADA, S.COOP. DE CRÉDITO
CAJA RURAL DE JAÉN BARCELONA Y MADRID
CAJA DE CRÉDITO DE PETREL, CAJA RURAL, C.C.V.
CAJA RURAL DEL SUR
CAJA RURAL CENTRAL
CAIXA RURAL ALTEA, COOP. DE CREDIT VALENCIANA
CAJA RURAL DE CUENCA
CAJA RURAL DE ALBACETE
CAJA RURAL DE ASTURIAS
CAIXA RURAL DE CALLOSA D'EN SARRIA
CAJA RURAL DE BAENA NTRA.SRA. DE GUADALUPE, S.C.C.A.
CAJA RURAL DE TENERIFE, S.C.C. (CAJA SIETE)
CAJA RURAL SANT JOSEP DE VILAVELLA, S.C.C.V. (CAIXA RURAL VILAVELLA)
CAJA RURAL NTRA.SRA. DE LA ESPERANZA DE ONDA, S.C.C.V.
CAJA RURAL SAN JOSÉ DE ALCORA, S.C.C.V.
CAJA RURAL SAN JOSE DE BURRIANA, S.C.C.V.
CAJA RURAL SAN ROQUE DE ALMENARA, C.C.C.V
CAJA RURAL LA JUNQUERA, S.C.C.V.
CAIXA RURAL NULES
CAIXA RURAL SAN JAIME DE ALQUERÍAS NIÑO PERDIDO, S.C.C.V.(CAIXA
RURAL ALQUERIES)
CAJA RURAL DE BETXI, S.C.C.V.
CAJA RURAL DE NAVARRA
CAJA RURAL ARAGONESA Y DE LOS PIRINEOS (MULTICAJA)
CAJA RURAL DE CIUDAD REAL
CAJA DE AHORROS DE MURCIA

31 diciembre 2007

Pasos a seguir para pedir las ayudas de 210 € al alquiler

Todos o casi todos alguna vez hemos experimentado la frustrante experiencia de llegar a un organismo público para tramitar una documentación y, o bien nos faltaban documentos, nos habíamos equivocado de oficina, o debíamos haber traído los originales,etc.... Pues bien con este post pretendo simplificar un poco la vida a aquellos, que a partir hoy, día 2 de Enero de 2.008, queráis solicitar las famosas ayudas al alquiler.

¿ QUÉ AYUDAS PUEDES OBTENER?

Según el famoso REAL DECRETO 1472/2007 de 2 de noviembre:

  • 210 euros mensuales para el pago del alquiler
  • 600 euros de préstamo para la fianza. (sólo para contratos nuevos)
  • 120 euros para los gastos de aval. (sólo para contratos nuevos)

4 años duración máxima (sean o no consecutivos).

¿ QUÉ REQUISITOS DEBES CUMPLIR?

  • Edad entre 22 y 30 años.
  • Nacionalidad Española, (o algún Estado U.Europea, en caso de extranjero no comunitario, tener residencia legal y permanente en España)
  • Fuente regular de ingresos que NO SUPERE los 22.000 euros brutos anuales (unos 1.500 € netos al més) y demostrar que esa fuente la has tenido en los últimos 6 meses o que la tendrás en los próximos 6 meses.
  • Se incluyen a los trabajadores por cuenta propia o ajena, a los becarios de investigación y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad, invalidez, o cualquier otra prestación pública.
  • Debes ser titular del contrato de alquiler. La cuantía de la prestación se dividirá por el número de inquilinos titulares del contrato. Cada uno de los titulares puede solicitar la Renta Básica de Emancipación.

¿ QUE DOCUMENTOS TIENES QUE PREPARAR?

  1. D.N.I / N.I.E
  2. Acreditación Nº de Seguridad Social, y documentación que demuestre mínimo 6 meses antiguedad o previsión de trabajar( ej: vida laboral, contrato de trabajo,...etc) . Puedes obtenerla a través de Línea telefónica 901 50 20 50 - 24 horas y 365 días al año o en La Oficina Virtual de la Seguridad Social
  3. Acreditación de Fuente Regular de Ingresos: Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas - Certificado de haberes de ingresos en los 12 meses inmediatamente anteriores (trabajadores por cuenta ajena) ó Resolución Administrativa correspondiente ( becarios,...etc). Puedes obtenerlo en :
    Solicitud y emisión de Certificaciones Tributarias
    Notificaciones telemáticas Certificaciones Tributarias
  4. Copia del Contrato de Arrendamiento si ya estás de alquiler, sino la solicitud de Renta básica de emancipación.
  5. Nº de referencia Catastral que identifica a la vivienda. Debes de encontrarlo en el contrato de alquiler, se lo puedes pedir al propietario o buscarlo en la Dirección General del Catastro.
  6. El número de cuenta del Arrendador: Es la cuenta a la que debes realizar las transferencias del pago de la mensualidad del alquiler.
  7. El número de cuenta desde la que pagas el alquiler. Debe de ser una cuenta a tu nombre y tienes que tenerla abierta en alguna de las entidades colaboradoras con el ministerio de la vivienda.
  8. No olvides, que cada Comunidad autónoma puede pedir algún requisito extra como certificado de empadronamiento desde un período de tiempo, etc.

¿ DONDE TIENES QUE DIRIGIRTE?

Pincha aquí para saber donde tienes que dirigirte según tu Comunidad Autónoma.

OTRAS COSAS QUE DEBES SABER

  • Tu Comunidad Autónoma tiene el plazo de 2 MESES para confirmar que el interesado cumple los requisitos y comunicártelo .
  • Si te la conceden, tienes derecho a cobrarla desde el mes siguiente al de su solicitud, y será percibida por meses completos. Si por ejemplo la pides el día 2 de Enero y hasta Marzo no te comunican la concesión de la renta de emancipación, tienes derecho a pedir que se pague desde el día 2 de Febrero. En caso de que no hayas presentado contrato de alquiler , tendrás derecho a percibirla desde la presentación del contrato
  • Una vez que te comunican la resolución aceptada, debes dirigirte a alguna de las entidades bancarias colaboradoras para solicitar cobro de la ayuda, pero antes deberás realizar una orden de transferencia periódica por la que cada mes se transfiera el importe del alquiler a la cuenta del propietario. El Ministerio de Vivienda comprobará que se haya abonado cada mensualidad y procederá a ingresar la ayuda.
  • La vivienda que se alquila debe ser vivienda habitual y permanente.
  • El receptor de la ayuda puede vivir ya en la vivienda alquilada o solicitar la ayuda a priori y demostrar que ha alquilado una vivienda en un plazo de tres meses. En caso de compartir piso, la ayuda será dividida entre las personas que cumplan los requisitos. Es decir, se conceden 210 euros por vivienda, no por persona.
  • No puedes ser propietario de ninguna vivienda, excepto si su valor no excede del 60 por ciento del precio máximo de la vivienda protegida.( Esa información la obtendrás en tu Comunidad Autónoma).
  • No puedes tener un patrimonio mayor de 108.182,18 euros.
  • Debes comunicar si dejas de cumplir algún requisito exigido.
  • No se aceptan contratos de alquiler entre familiares de primer o segundo grado.




2008 el Año de la Vivienda Jóven

Estamos en puertas del tan esperado día 1 de Enero de 2.008, empieza el año de LA VIVIENDA JOVEN, éste va a ser un año muy especial por coincidir una serie de factores (enfriamiento del sector vivienda libre, elecciones, ... etc) que, bien combinados, nos van a permitir encontrar múltiples oportunidades para adquirir esa vivienda "chollo" que andas buscando, bien sea en compra o alquiler.


Viviendasparajóvenes.com va a ser un portal que arranca con el nuevo año y pretende ir recopilando y resumiendo toda esa información y oportunidades que se van a ir dando a lo largo de este año. Empezamos con este blog, que podréis ir siguiendo y muy pronto comprobaréis cómo van a ir incorporándose secciones (que están desarrollándose ahora) y que os van a facilitar mucho el trabajo a la hora de encontrar esa vivienda que vais buscando (combinado por supuesto con la mejor opción para encontrar esa ayuda según tu perfil y aprovechar así el momento "ayuda")


Feliz Año 2.008